Accidente Industrial: Situación en la cual se presentan daños y perdidas materiales de las instalaciones, los equipos, la materia prima, de la empresa.
Accidente laboral:Es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte.
Acto o Comportamiento inseguro: Se refieren a todas la acciones y decisiones humanas, que pueden causar una situación insegura o incidente, con consecuencias para el trabajador, la producción, el medio ambiente y otras personas. También el comportamiento inseguro incluye la falta de acciones para informar o corregir condiciones inseguras.
Administradora de Riesgos Profesionales: Entidades que tienen como objetivo prevenir, proteger y atender a los trabajadores contra Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales que puedan ocurrir en el trabajo que desarrollan.
Afiliación:Es el proceso mediante el cual las empresas y sus trabajadores ingresan al Sistema General de Riesgos Profesionales a través de ARP
Afiliados:Son los trabajadores que tienen cobertura en el Sistema General de Riesgos Profesionales.
Afiliados en Cobertura:Número de trabajadores totales que se encuentran cubiertos por nuestros servicios.
Afiliados expuestos:Es una unidad que relaciona el tiempo real trabajado durante un período determinado para los trabajadores en cobertura.
AFP: Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías.
Almacenamiento: Actividad que se ocupa de los materiales que la empresa mueve, conserva y transforma, para lograr los objetivos de producción.
Amenaza: Factores técnicos, naturales o sociales capaces de perturbar la integridad física de las personas o causar daño al medio ambiente.
Aportante: Persona o entidad que tiene la obligación directa frente a la entidad administradora de cumplir con el pago de los aportes
.Atenciones: Es el proceso de evaluación médica o paramédica (enfermería u odontología) que se le realiza a los afiliados lesionados para la búsqueda de la mejora en las condiciones de salud.
ATEP: Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional.
Autoliquidación: Proceso mediante el cual las empresas afiliadas calculan el valor que por concepto de cotizaciones, deben pagar al Sistema General de Riesgos Profesionales.Autoliquidación de Aportes: Proceso mediante el cual las empresas clientes reportan mensualmentea la Administradora de Riesgos Profesionales la totalidad de la cotización de los trabajadores a su cargo.
Auxilio funerario: Es el valor que se le reconoce a la persona que compruebe haber sufragado los gastos de entierro de un afiliado o pensionado por invalidez del Sistema General de Riesgos Profesionales.
Ayudas diagnósticas: Procedimientos de laboratorio clínico o imagenología que busca confirmar o aclarar un diagnóstico médico, antes o durante el tratamiento de una lesión.
Beneficiario: Son las personas o empresas que después de realizado el respectivo estudio, acreditan el derecho a recibir el pago de una incapacidad temporal, una incapacidad permanente parcial, un auxilio funerario, una pensión de invalidez o una pensión de sobrevivientes.
Capacidad Laboral: Es el conjunto de las habilidades, destrezas, aptitudes o potencialidades de orden físico, mental y social de un individuo que le permiten desempeñarse en un trabajo habitual.
Carta de afiliación: Comunicación mediante la cual, una empresa informa a una ARP su intención de afiliarse a ella.
Cartera: Es el valor de las cotizaciones que han dejado de pagar las empresas al Sistema
General de Riesgos Profesionales. Si una empresa tiene más de dos períodos en mora, se desafilia automáticamente del sistema. Una vez hecho el pago de los períodos en mora más los intereses causados, la empresa debe volverse a afiliar a la misma ARP por un período mínimo de un año
Clase de riesgo: Codificación definida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para clasificar a las empresas de acuerdo con la actividad económica a la que se dedican. Existen cinco clases de riesgo, comenzando desde la I hasta la V.
Cobertura: Periodo durante el cual, una persona o una empresa está activa en el Sistema y tiene derecho a recibir los servicios que presta ARP SURA, ya sea directamente o a través de terceros.
Cobro jurídico: Se refiere al cobro que se realiza a las empresas desafiliadas por mora (3 o más períodos) a través de abogados contratados por la empresa para este fin.
Condición insegura: Es todo elemento de lo equipos, la materia prima, las herramientas, las máquinas, las instalaciones o el medio ambiente que se convierte en un peligro para las personas, los bienes, la operación y el medio ambiente y que bajo determinadas condiciones puede generar un incidente.
Consecuencias: Se refiere a las alteraciones negativas en el estado de salud de las personas, así como en las finanzas e imagen de la empresa.Contrato:Número consecutivo que se asigna a cada empresa en el momento de su afiliación a ARP
Controles:Revisión que realiza el médico después de la atención inicial de urgencias para la verificación del estado de salud del afiliado, con el fin de continuar o hacer mejoras a los procesos de tratamiento y rehabilitación.
Costo asistencial: Es el valor pagado por las prestaciones asistenciales definidas en el decreto 1295 de 1994.
Cotización: Valor que debe pagarse al Sistema General de Riesgos Profesionales por tener los trabajadores afiliados a él. Se calcula multiplicando el IBC (Ingreso Base de Cotización) de cada trabajador por el porcentaje que le corresponda, de acuerdo con la clase de riesgo de la actividad económica que desempeña la empresa.Va en la casilla 29 del formulario de autoliquidación de aportes.
Cotizaciones otros riesgos:Este valor aplica sólo para Riesgos Profesionales. Corresponde a los aportes realizados por el empleador a Pensiones y a Salud durante el tiempo de incapacidad del trabajador por accidente de trabajo o enfermedad profesional. Es asumido por la Administradora de Riesgos Profesionales y por lo tanto debe descontarse de la autoliquidación de acuerdo con el valor que aparece en el documentoODI. Va en la casilla 34 del formulario de autoliquidación.
Decreto: Norma de carácter obligatorio expedida por el poder ejecutivo – Presidente y sus Ministros.
Decreto 1295 de 1994: Es el decreto por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.Deducciones en una pensión: Son los descuentos que se realizan del valor de las mesadas y que son autorizados por los pensionados: afiliación a EPS y Cajas de Compensación.
Desafiliación: Es el proceso mediante el cual una empresa y sus trabajadores se retiran del Sistema General de Riesgos Profesionales o de una ARP en particular para trasladarse a otra.Diagnóstico Calificación de una enfermedad de acuerdo con los síntomas que presenta el paciente.
Dictamen: Según Decreto 917/99: “es el documento que con carácter probatorio, contiene el concepto experto que los calificadores emiten sobre el grado de la incapacidad permanente parcial, la invalidez o la muerte de un afiliado…
E.P.S:Entidades Promotoras de Salud.Emergencia: Situación que implica un estado de perturbación parcial o total ocasionado por la ocurrencia de un evento no deseado.
Empleador: Persona natural o jurídica para la cual laboran los trabajadores afiliados.
Enfermedad Profesional: Es todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador, en el medio en que se ha visto obligado a trabajar, y que ha sido determinada como tal por el Gobierno Nacional.
Equipo de Protección Personal: Es un elemento diseñado para evitar que las personas que están expuestas a un peligro en particular entren en contacto directo con él. El equipo de protección evita el contacto con el riesgo pero no lo elimina , por eso se utiliza como último recurso en el control de los riesgos, una vez agotadas las posibilidades de disminuirlos en la fuente o en el medio. Los elementos de protección personal se han diseñado para diferentes partes del cuerpo que pueden resultar lesionadas durante la realización de las actividades. Ejemplo: casco, caretas de acetato, gafas de seguridad, protectores auditivos, respiradores mecánicos o de filtro químico, zapatos de seguridad, entre otros.
Ergonomía: La ergonomía estudia la gran variedad de problemas que se presentan en la mutua adaptación entre el hombre y la máquina y su entorno buscando la eficiencia productiva y bienestar del trabajo.
Estado de afiliación: Determina como se encuentra una persona o empresa en un momento determinado, puede ser:
Activa
En cobertura Inactiva
Sin cobertura
Evacuación: Acción tendiente a establecer una barrera o distancia entre una fuente de riesgo y personas amenazadas, hasta y a través de lugares de menor riesgo.
Extemporaneidad: La notificación de un presunto evento de origen profesional por fuera de los 2 días hábiles siguientes a la ocurrencia del accidente de trabajo o de diagnóstico de la enfermedad profesional, a la entidad promotora de salud y a la entidad de riesgos profesionales a las cuales se encuentre afiliado el trabajador.
Factor de riesgo: Se entiende bajo esta denominación, la existencia de elementos, fenómenos, condiciones, circunstancias y acciones humanas, que encierran una capacidad potencial de producir lesiones o daños y cuya probabilidad de ocurrencia depende de la eliminación o control del elemento agresivo.
Factor de riesgo locativo: Todo lo que tiene que ver con señalización, estructuras, pisos y techos.

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